Facturadorelectronico.com: ya no timbraActualizado el

¿Timbras con Facturadorelectronico.com?Te ayudamos a seguir facturando

El SAT revocó la autorización de Facturadorelectronico.com como Proveedor de Certificación de CFDI. Su periodo de transición de 90 días ya terminó. Tus facturas ya timbradas no se anulan, y cambiarte toma minutos: subes tu mismo CSD a gigstack y sigues facturando.

Facturadorelectronico.com

Lo que sabemosde Facturadorelectronico.com

La revocación apareció en el portal del SAT el 6 de julio de 2026, así que la ventana para seguir timbrando con ellos ya pasó. Si tus facturas empezaron a fallar en los últimos meses, este puede ser el motivo.

Nombre comercial
Facturadorelectronico.com
Razón social
Dot Net Desarrollo de Sistemas, S. A. de C. V.
Publicada en el portal del SAT
6 de julio de 2026
Confirmada en
Comunicado 121, 18 de octubre de 2026
Cómo está hoy
Su periodo de transición de 90 días ya terminó.
Plazos

Tienes 90 días en el papel,pero sólo 30 para timbrar

La regla 2.7.2.12 de la RMF da 90 días naturales desde que surte efectos la revocación. Tu PAC sólo puede seguir timbrando para ti durante los primeros 30.

Facturadorelectronico.com, día 90+
  1. Días 0 a 30

    Todavía timbra, por poco

    Tu PAC sigue certificando para sus clientes actuales, pero ya no puede aceptar nuevos. Es la ventana para cambiarte sin perder un día de facturación.

  2. Días 31 a 90

    Ya no timbra

    El proveedor sólo cierra sus pendientes. Si sigues con él, tus facturas nuevas no salen.

  3. Después del día 90

    Fin de la transición

    Tus CFDI ya timbrados no se anulan por la revocación. Guarda tus XML y verifica su estado en el SAT.

Cómo cambiarte

Tres pasos y vuelvesa facturar como siempre

  1. 1

    Crea tu cuenta y sube tu CSD

    El mismo Certificado de Sello Digital que ya usas. No tienes que tramitar nada nuevo en el SAT.

  2. 2

    Conecta de dónde vienen tus ventas

    Stripe, Shopify, WooCommerce, Mercado Pago, PayPal o tu propio sistema por API. También puedes facturar a mano desde el panel.

  3. 3

    Timbra tu primera factura

    Desde ahí cada CFDI 4.0 se certifica con un PAC autorizado vigente, y le llega a tu cliente por correo.

Lo que no tienes que hacer

  • Cancelar o volver a emitir tus facturas anteriores por la noticia.
  • Tramitar un nuevo CSD o una nueva e.firma.
  • Esperar al último día: los 30 días corren desde que surte efectos la revocación, no desde que te enteras.
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Preguntas frecuentes

Facturadorelectronico.com revocado:lo que más nos preguntan

¿El SAT revocó a Facturadorelectronico.com?

Sí. Facturadorelectronico.com (Dot Net Desarrollo de Sistemas, S. A. de C. V.) es uno de los cinco Proveedores de Certificación de CFDI a los que el SAT revocó la autorización, según el Comunicado 121 de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del 18 de octubre de 2026.

¿Puedo seguir timbrando con Facturadorelectronico.com?

Su periodo de transición de 90 días ya terminó. Si todavía timbras con Facturadorelectronico.com, lo más probable es que hoy ya no puedas emitir facturas. Cámbiate hoy mismo.

¿Qué pasa con las facturas que ya timbré con Facturadorelectronico.com?

La revocación del PAC no anula por sí sola los CFDI que ya certificó. No las canceles ni las vuelvas a emitir. Guarda tus XML, verifica su estado en el portal del SAT y, si tienes dudas sobre algún caso, consúltalo con tu contador.

¿Cómo me cambio de Facturadorelectronico.com a otro PAC?

Creas tu cuenta en gigstack, subes el mismo CSD que ya usas (no necesitas tramitar uno nuevo) y conectas de dónde vienen tus ventas. Desde ahí cada factura se timbra con un PAC autorizado vigente. Si te urge, escríbenos por WhatsApp y te acompañamos.

¿Por qué les quitaron la autorización?

Una auditoría del Órgano Interno de Control en el SAT detectó que siete PAC realizaban operaciones con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). Entre los siete validan alrededor del 20.53% de la facturación nacional.

¿Cuánto tiempo tengo para cambiar de PAC?

La regla 2.7.2.12 de la RMF 2026 da un periodo de transición de 90 días naturales desde que surte efectos el oficio de revocación. Pero el PAC sólo puede seguir timbrando para sus clientes actuales durante los primeros 30 días. En la práctica, tu ventana real para migrar es de 30 días o menos.

Que tu facturación
no dependa de una noticia

Sube tu CSD, conecta tus ventas y cada factura sale sola con un PAC autorizado vigente.

Quiero cambiarme
Panel de gigstack con los CFDIs emitidos y su conciliación

Fuentes

gigstack no tiene relación con los proveedores mencionados. Sus nombres se usan sólo para informar, con base en el Comunicado 121 de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y la relación de PAC revocados del SAT. Esta página no es asesoría fiscal: para casos particulares, consulta a tu contador.